Casación No. 385-2013

Sentencia del 25/09/2014

"... Del análisis de los argumentos de la SAT y la legislación aplicable, esta Cámara advierte que la notificación del conferimiento de audiencia al contribuyente, no es un acto interruptivo de la prescripción, puesto que el artículo 50 del Código Tributario establece un listado numerus clausus, de los actos que interrumpen la prescripción, y la notificación de la audiencia en la que se formulan ajustes al contribuyente, no es uno de los actos contemplados en el artículo, al contrario, el artículo claramente establece "... La notificación de conferimiento de audiencia por ajustes del tributo, intereses, recargos y multas, no interrumpe la prescripción...", por lo que la Sala sentenciadora acertadamente aplicó el artículo 50 del Código Tributario, para argumentar que la prescripción operó a favor del contribuyente..."